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Instituciones públicas deberán presentar informe sobre vacunación de su personal el 5 de noviembre

Los ministerios e instituciones del sector público deberán presentar el 5 de noviembre un informe sobre la vacunación de su personal, ante la entrada en vigencia el próximo viernes de la obligatoriedad de la vacuna contra COVID-19 para todos los funcionarios del sector público, así como para aquellos empleados del sector privado cuyos patronos decidan incorporar la vacunación como obligatoria en sus centros de trabajo.

En la sesión ordinaria del Consejo de Gobierno de este martes, Geannina Dinarte, ministra de la Presidencia, detalló que el informe tendrá la cantidad de personal con esquema completo, la cantidad de personas con primeras dosis, la cantidad con certificado de contraindicación médica para esta inmunización y la cantidad de personas no vacunadas.

Para ello, las entidades deberán verificar la vacunación de cada funcionario, así como la justificación médica de aquellas personas que tengan contraindicaciones. En cada entidad, los encargados del manejo y protección de la información serán los consultorios médicos o, en su ausencia, el Área de Salud pertinente; al Ministerio de la Presidencia solo llegarán datos generales sin detalles individuales ni sensibles.

En todo el sector público, se emprenderá una campaña de sensibilización para que las personas que no se hayan vacunado aclaren sus dudas y se vacunen de forma pronta. De hecho, el Presidente de la República. Carlos Alvarado Quesada, instó a todos los jerarcas a persuadir a la gente y a hacer campañas de vacunación en las instituciones no solo para funcionarios, sino también para sus familias. “Nuestro objetivo es que la gente se vacune. Queremos cuidar a la población y que se vacunen para el beneficio de todas y todos”, explicó.

La siguiente acción, si la campaña de sensibilización no funciona entre la población no vacunada del sector público, es que los jerarcas instruyan a cada persona para que se inmunice, para lo cual habrá entre 5 y 10 días hábiles para cumplir la orden.

Luego de ese plazo, se impondrán medidas disciplinarias a quienes mantienen su renuencia a vacunarse sin una justificación válida. Sin ser excluyentes entre sí, las medidas podrían ser un procedimiento administrativo, una multa fija –un salario base, según estipula el artículo 378 de la Ley General de Salud– y una denuncia ante el Ministerio Público.

Se realizará un segundo informe sobre este tema el 26 de noviembre. La ministra Dinarte fue enfática en la necesidad de hacer todos los esfuerzos necesarios para promover la vacunación, en la importancia de proteger la confidencialidad de las personas y en seguir el debido proceso en la aplicación de la obligatoriedad de la vacunación.

Exhortación del Consejo de Gobierno. Ante una orden a una jerarca de callar en un tema de indudable interés público, el Consejo de Gobierno acordó expresar su vehemente rechazo a cualquier pretensión de imponer límites a derechos fundamentales.

“Fiel a la tradición democrática costarricense, y en cumplimiento del juramento que hicimos de observar y defender la Constitución y las leyes, el Consejo de Gobierno rechaza, de manera categórica, cualquier intento de imponer límites al ejercicio de derechos fundamentales tales como la libertad de expresión, el acceso a información pública y la rendición de cuentas por parte de los funcionarios públicos; derechos inalienables de todas las personas que se encuentran consagrados en los artículos 11, 28, 29 y 30 de la Constitución Política, 13 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y 19 de la Declaración Universal sobre Derechos Humanos”, detalla la declaración del órgano colegiado. En pleno, el Consejo de Gobierno reiteró “que no se debe coartar el análisis de asuntos de indudable interés público y sobre los cuales la población tiene pleno derecho a estar debidamente informada”. Asimismo, se exhortó a las autoridades encargadas de tutelar el sano ejercicio de estos derechos “para que sienten los precedentes necesarios y en lo sucesivo, guiándose por el principio de autocontención en el ejercicio de las potestades de cada Poder, en la función pública no se pretenda incurrir en actuaciones contrarias al derecho de la constitución y del control de convencionalidad”, agregó el Consejo.



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