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MOPT eliminará puntos por multa de restricción vehicular sanitaria acumulados a licencias

Un total de 29.128 usuarios que presentan problemas por acumulación de puntos por infringir la restricción vehicular sanitaria se verán beneficiados con la Resolución número 2021-000985 emitida por el Ministerio de Obras Públicas y Transportes (MOPT), por medio de la cual se instruye a la Dirección General de Educación Vial y al COSEVI para que de manera inmediata se inicie con las labores necesarias para que se reverse y corrija la información de estos usuarios en el sistema.

Lo anterior aplica para las personas que hayan acumulado 6 puntos en su licencia por infringir la restricción vehicular sanitaria antes del 02 de noviembre de 2020, ya que posteriormente a esta fecha, esa parte de la sanción se eliminó mediante ley, manteniendo únicamente la multa económica (“Ley para el equilibrio de las multas por restricción vehicular en casos de emergencia nacional”).

Desde el momento que se nos notificó de la resolución, iniciamos con un plan de trabajo que nos permita de la manera más ágil y eficiente asegurarnos que todos aquellos usuarios que se vieron afectados con acumulación de puntos por infringir el artículo de la restricción vehicular sanitaria, puedan ver la reversión de puntos los antes posible, sin embargo es importante acotar que cada uno de los casos tienen características distintas y debe dárseles un trato diferenciado, por tal razón se dividieron en 4 grupos con características similares y hemos estado trabajando a partir de ahí, también es importante entender que el sistema que contiene dicha información de los usuarios, fue diseñado de manera tal que, su restricciones de seguridad para proteger los datos sensibles de los usuarios conlleva un trabajo más minucioso precisamente para asegurarnos que lo que estamos trabajando no afecte la demás información contenida de cada uno de los beneficiarios de la resolución” explicó el Director Ejecutivo del COSEVI, ING. Edwin Herrera Arias.

Al corte realizado el día de hoy, y como resultado del trabajo institucional para corregir la situación de puntos acumulados a los conductores afectados, ya se reportan 14.274 usuarios a los que se les reversaron los puntos acumulados por infringir la restricción vehicular sanitaria.

Los usuarios podrán realizar la consulta de puntos acumulados de manera automática al número de teléfono 2522-0900 extensión 5, para tal efecto debe ingresar el número de cédula y el sistema le brindará el estado de puntos de manera inmediata. Los usuarios deben tomar en cuenta que lo ideal es mantener la licencia con CERO puntos acumulados.

Sin impedimentos para renovar

Esta medida permitirá que las personas que tienen como impedimento para renovar su licencia esta acumulación de puntos, puedan realizar el trámite sin problema y reacreditarse nuevamente como conductores y a los que se encuentran suspendidos por ese motivo, normalizar su situación.

Además, ya no será necesario realizar el curso de reeducación vial para quienes, por la suma de estos puntos en su licencia debían aplicarlo.

Con esta medida que beneficia a los conductores, se pretende además una mejora en el servicio de acreditación de conductores, logrando que los cursos teóricos disponibles se dediquen mayoritariamente a personas que gestionen el documento por primera vez, sin tener que destinar gran parte de los espacios a cursos de reeducación.

A las personas que tengan matriculado el curso de reducción y no deban aplicarlo, se les notificará con anterioridad o bien se les aclara su situación cuando se presenten el primer día de clases en la sede correspondiente.

En el caso de los usuarios que ya habían pagado el curso de reeducación y ahora se vieron beneficiados con la reversión de puntos según la Resolución Dictaminada por el MOPT, deben llenar y remitir el formulario de solicitud de devolución de dinero el cual se encuentra en la página web oficial del Consejo de Seguridad Vial https://www.csv.go.cr/solicitud-de-devolucion-de-dinero, indicando el número de cuenta IBAN (estructura de 22 dígitos), en la que se debe efectuar el depósito correspondiente, y debe estar a nombre del solicitante.

El formulario debe ser firmado con firma digital (pdf) o con firma manual (escaneado). Deberá enviarlo al correo electrónico devoluciondinero@csv.go.cr .

Además del formulario, el usuario debe emitir la siguiente información:

· Imagen legible del documento de identidad vigente (cédula de identidad en caso de ser costarricense y cédula de residencia o pasaporte en caso de ser extranjero).

· Comprobante de pago emitido por el Banco, el cual tiene validez de un año después de su fecha de emisión, por lo que la solicitud de devolución debe efectuarse dentro del plazo indicado.



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