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MOPT recibirá solicitudes virtuales de malla metálica tipo ciclón para ayuda a comunidades

A partir del próximo lunes 08 de noviembre y hasta el 03 de diciembre del año en curso, el Departamento de Ayuda Comunal de la Dirección de Edificaciones Nacionales del MOPT, recibirá las solicitudes de malla metálica, tipo ciclón, por parte de organizaciones que requieran este tipo de material para atender proyectos de cerramiento o reparaciones de la malla existente.
 Las solicitudes de este material se recibirán durante el periodo indicado, únicamente de forma virtual, mediante el correo ayudacomunal@mopt.go.cr Es importante aclarar que no se tramitarán solicitudes presentadas fuera de las fechas indicadas o bien que estén incompletas (ver requisitos).
 La malla metálica, tipo ciclón, puede ser utilizada en la construcción de cerramientos perimetrales de uso público como: escuelas, colegios, plazas de deportes, salones comunales, parques, Iglesias católicas, canchas deportivas o cualquier proyecto de índole comunal en terrenos del Estado. Una vez cerrado el periodo de recepción, se iniciará un proceso de selección, ya que la atención de solicitudes se encuentra sujeta a la disponibilidad presupuestaria, por lo que la recepción de los documentos no genera compromiso a la institución para efectuar alguna entrega. Concluido el análisis de las solicitudes para determinar si las mismas cumplen con los requisitos solicitados por el MOPT, tanto legal, técnica como presupuestariamente, el Departamento de Ayudas Comunales del MOPT se comunicará con cada una de las organizaciones beneficiadas. Es muy importante aclarar que desde el Ministerio no se realiza ningún cobro de dinero por el trámite de documentos o entrega de materiales, por lo que se solicita a las organizaciones interesadas no realizar ningún tipo de depósito o entrega de dinero, así quien lo solicite se identifique como personal del MOPT, esto porque en años anteriores se han dado estafas con este servicio. Para obtener información adicional, los representantes de las organizaciones comunales, juntas de educación o municipios pueden consultar a nuestra página web www.mopt.go.cr/ayudascomunales ¿Qué organizaciones pueden participar? En el Artículo 5 del “Reglamento de Entrega de Materiales de Construcción y Suministros de Servicios del Ministerio de Obras Públicas y Transportes” (Decreto Ejecutivo N° 32094-MOPT), se establece que únicamente calificarán como debidamente legitimadas a los efectos de resultar favorecidas con la entrega de materiales y suministros de servicios por parte de este Ministerio, las siguientes organizaciones y personas jurídicas:

  • Las Municipalidades.

  • Las Juntas de Protección Social.

  • Las Juntas de Educación.

  • Las Juntas Administrativas de Colegios dedicados a la enseñanza.

  • Las instituciones públicas de Desarrollo Comunal.

  • Aquellas otras previstas por el artículo 9” de la Ley 4786, Reforma a la Ley de Creación del Ministerio de Transportes, del 5 de Junio de 1971 y sus reformas.

  • Las previstas por el artículo 19 de la Ley número 3589 sobre Desarrollo de la Comunidad.

  • Las Asociaciones declaradas de utilidad pública, especialmente las dedicadas al embellecimiento de la Red Vial Nacional, sus derechos de vía y resguardo de la Seguridad Vial y aquellas expresamente previstas por el restante Ordenamiento Jurídico.

Requisitos para calificar Para lograr calificar como beneficiado, el MOPT solicita el cumplimiento de requisitos tales como:

  • Presentar formulario de “Solicitud de materiales” completo, firmado por el responsable de la obra Profesional o Maestro de obras (en este tipo de proyectos se requiere maestro de obras por tratarse de una obra menor) y con el sello de la Organización Social o Institución Gubernamental. Puede descargar el formulario en www.mopt.go.cr/ayudascomunales Este formulario incluye la Declaración Jurada del Representante Legal (pag.3), manifestando que conoce, entiende y acepta los alcances de la responsabilidad que conlleva resultar favorecido con la entrega de materiales y servicios, para llevar a cabo las obras comunales o viales que regula el Reglamento al Decreto N° 32094-MOPT. Este formulario debe imprimirse antes de llenar la información, posteriormente debe llenar los datos, firmar la solicitud y guardarlo como un archivo en formato pdf.

  • Carta formal solicitando ayuda, debidamente firmada por el Representante Legal y con el sello de la Organización Social o Institución Gubernamental.

  • Fotocopia por ambos lados de la cédula de identidad del Representante Legal.

  • Certificación de personería jurídica vigente de la Organización Social o Institución Gubernamental (no puede tener más de tres meses de extendida).

  • Certificación emitida por el Registro Público sobre la propiedad del inmueble en el que se ejecutarán las obras.

  • Fotocopia completa de Plano Catastrado correspondiente, el número de Plano debe de coincidir con la certificación del Registro Público sobre la propiedad del inmueble.

  • Aportar copia de la cédula por ambos lados del maestro de obras, por tratarse de una obra menor.

  • Croquis de ubicación y dimensiones del proyecto.

  • Formulario Información de Proyectos y clasificación de sus beneficiarios. Este formulario debe imprimirse antes de llenar la información, posteriormente debe llenar los datos, firmar la solicitud y guardarlo como un archivo en formato pdf.

  • Únicamente se tramitarán aquellas solicitudes que se presenten con la totalidad de los documentos.

  • Se recibirá una sola solicitud por institución.

Se aclara que, por tratarse de una OBRA MENOR, los siguientes requisitos necesarios en otras solicitudes, no aplican, es decir, no deben presentarse:

  • Planos constructivos, cuando se trate de obras nuevas, remodelaciones, ampliaciones o finalizaciones que impliquen un cambio estructural, contar con un profesional responsable adscrito al Colegio Federado de Ingenieros y Arquitectos; (C.F.I.A.), se debe considerar que la obra puede dar inicio una vez que la organización cumpla con la aprobación del procedimiento ante el Administrador de Proyectos de Construcción (APC) del C.F.I.A y permisos constructivos. (NO APLICA POR TRATARSE DE OBRA MENOR).

  • Aportar copia de la cédula y carné del Profesional Responsable de La Obra, (Para obra nueva o remodelaciones que requieran cambios estructurales). (NO APLICA POR TRATARSE DE OBRA MENOR).



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