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COSEVI mantiene la opción de impugnar multas por correo electrónico

Steve Arias

Con el objetivo de garantizar el derecho de las personas a apelar un parte que, estiman, fue hecho de manera injusta, desde abril del 2020 es posible impugnar mediante correo electrónico, sin necesidad de poseer firma electrónica.


Esta diligencia se debe puede hacer, igualmente, por Fax o de manera presencial en las 12 sedes de Impugnaciones del Consejo de Seguridad Vial (COSEVI), a lo largo de todo el país.


En el caso específico de la apelación por correo electrónico se aclara que, si bien se aplica desde hace ya varios años, con motivo de la pandemia por Covid-19, para evitar aglomeraciones y desplazamientos físicos, se permite impugnar por ese medio a todas las personas, aunque no tengan firma digital, que era un requisito para esa modalidad, explicó el Lic. Carlos Rivas Fernández, Director Jurídico de COSEVI.


El correo disponible es recepcion-impugnaciones@csv.go.cr, cumpliendo como requisito que la persona firme manualmente el documento, que luego puede escanear, si no tiene firma digital, y adjuntar imagen de la cédula de identidad y señalar una dirección de correo electrónico como ÚNICO medio para recibir las comunicaciones futuras.


Rivas añadió que los documentos adicionales, como la copia de la cédula de identidad y las pruebas, deben enumerarse y aportarse como anexos o escanearse en un solo documento. Las imágenes no pueden superar el peso de 10 megabytes, si se remite por correo electrónico.


También, como otra alternativa al desplazamiento físico, se puede realizar por fax, remitiendo la documentación al número 2010-4701 en San José, o al número de fax de cualquier otra sede (Ver cuadro con la información abajo).


Asimismo, quienes paguen dentro de los 10 días hábiles posteriores al registro de la multa o a su firmeza tras una apelación no ganada, obtienen un descuento del 15% en tanto no sean multas clase A, que son las que tienen un monto actual de unos ¢327.000.


Las multas de tránsito prescriben en siete años con la actual Ley, así que en caso de que el argumento no sea de recibo, lo más que logrará hacer el infractor es postergar el pago de la multa, pero para renovar la licencia o alguna otra gestión dependiendo de por ejemplo si es un conductor de transporte público, tendrá que pagarla, incluso hasta con intereses, en algunos casos.


Números telefónicos y de fax de Unidades de Impugnación de Pérez Zeledón 2771-7848, 2010-4695, 2010-4692, 2010-4693, 2010-4694 2771-7748



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