Pérez Zeledón. El Poder Ejecutivo envió una nota en la que resalta la importancia de la restricción vehicular sanitaria, cuyo fin es mitigar la propagación y disminuir el daño a la salud pública ocasionado por los efectos del COVID-19, en respuesta al oficio DH-0927-2020 enviado por la Defensora de los Habitantes, Catalina Crespo.
La nota fue enviada por los ministros de Salud, Daniel Salas, y Obras Públicas y Transportes, Rodolfo Méndez; e indica que los decretos de restricción vehicular que se han emitido se respaldan en la declaración de la emergencia nacional.
Restricción vehicular ha permitido ganar tiempo. Disminuir la movilidad de las personas es la forma más efectiva de disminuir contagios en una enfermedad sumamente transmisible como el COVID-19 por su mecanismo de transmisión.
La restricción ha permitido disminuir la atención de accidentes de tránsito nocturnos, como evidencian las estadísticas de la Dirección de Vigilancia de la Salud, del Ministerio de Salud. Así, de enero a setiembre de 2020 se notificaron 9.052 víctimas de accidentes de tránsito, para una disminución del 43,5%, con respecto al mismo periodo de 2019 en el cual se registraron 16.027 casos. Mientras que la CCSS reporta de enero a julio de 2020 15.636 atenciones por accidentes de tránsito, con una disminución de 28% respecto al mismo periodo del año anterior.
La restricción vehicular vigente establece que no se puede circular en un horario de 10:00 p.m. a 5:00 a.m. entre semana, salvo la lista de excepciones, no circulan: lunes placa 1 y 2, martes 3 y 4, miércoles: 5 y 6, jueves: 7 y 8, y viernes: 9 y 0. Los fines de semana se eliminó la diferenciación de placas, sin embargo, de las 9:00 p.m. y hasta las 5:00 a.m. no se podrá circular.

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