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Menores de 12 años y algunas condiciones médicas no necesitan QR

Steve Arias

Pérez Zeledón. El Gobierno de la República informó las excepciones de presentación del código QR, a las personas menores de 12 años y quienes tengan una condición médica, debidamente acreditada, que imposibilite aplicarse alguna vacuna aprobada por el ministerio de Salud no se les exigirá la presentación del código.


A partir del 1 de diciembre se exigirá la presentación del código QR (digital o impreso) que certifica el esquema de vacunación completo para ingresar a los siguientes establecimientos:

1. Restaurantes, sodas, cafeterías y plazas de comidas (food trucks, food courts).

2. Bares y casinos.

3. Tiendas en general, tiendas por departamento y centros comerciales.

4. Museos.

5. Centros de acondicionamiento físico.

6. Hoteles, cabinas o establecimientos de alojamiento.

7. Balnearios.

8. Actividades, organizaciones o congregaciones en sitios de adoración que prefieran superar el límite de 500 personas. Eventos que no superen dicha capacidad no requerirán de certificado, pero deberán aplicar las medidas de distanciamiento actuales de 1,8 metros.

9. Salas de eventos para actividades empresariales, académicas o sociales.

10. Turismo de aventura.

11. Teatros, cines, academias de arte y baile, y establecimientos de actividades artísticas.

12. Establecimientos de actividades deportivas.

El requerimiento del código permitirá aumentar, desde el 1 de diciembre, el nivel de aforo de academias de arte y baile, servicios de comida, bares, casinos, tiendas, museos, centros de acondicionamiento físico y balnearios y turismo de aventura a un máximo del 75%.

En el caso de los hoteles y establecimientos de alojamiento, las zonas comunes como piscinas, restaurantes y gimnasios podrán también podrán utilizar el 75% de su aforo.

Los espacios de congregación religiosa que así lo prefieran podrán superar la ocupación de 500 personas y utilizar hasta el 30% de su capacidad, siempre y cuando el espacio físico permita la aplicación estricta del distanciamiento entre los asistentes y exigir el certificado de vacunación a todos sus participantes. En caso de no superar el límite de 500 asistentes, las actividades religiosas no requerirán el código QR de vacunación, es decir como lo ha sido hasta ahora.

En todos los escenarios expuestos no se debe de contabilizar el personal de logística de los eventos, el cual debe de mantenerse al mínimo.



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